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Gloria
Redondo
Rincón,
Antonio
González
Bueno
Por
lo
demás,
contando
siempre
con
la
posibilidad
que
el
médico
del
Seguro
tiene
para
recetar
todas
las
fórmulas
magistrales
que
un
farmacéutico
puede
preparar,
el
Petitorio
es,
además,
revisable,
y
de
hecho
se
está
revisando
constantemente…”
(56).
Quizás
se
deba
a
este
‘temor
político’
del
gabinete
del
ministro
Girón
el
retraso
con
que
el
Petitorio…
entró
en
vigor;
aunque
aprobado
en
1951,
no
fue
implantado
hasta
el
1
de
enero
de
1954
(57).
Tras
el
refrendo
público
de
los
asegurados,
no
hubo
problema
en
la
imposición
definitiva
del
Petitorio…;
este
fue
remitido,
por
la
Jefatura
Nacional
del
Seguro
Obligatorio
de
Enfermedad
(Dirección
General
de
Previsión),
al
Consejo
General
de
Colegios
Oficiales
de
Farmacéuticos
en
los
comienzos
del
diciembre
de
1953
(58).
Con
anterioridad,
y
antes
de
que
entrara
en
vigor
el
Petitorio…,
el
9
de
mayo
de
1953
(59),
se
suscribió
un
nuevo
concierto
entre
el
Instituto
Nacional
de
Previsión
y
el
Consejo
General
de
Colegios
de
Farmacéuticos,
donde
se
incluían
los
nuevos
descuentos
a
aplicar
sobre
el
precio
de
los
medicamentos
(60).
Una
vez
suscrito
el
concierto,
se
remitieron
instrucciones
a
los
farmacéuticos
para
la
aplicación
del
Petitorio…,
mediante
una
circular
del
Consejo
General
de
Colegios
Oficiales
de
Farmacéuticos,
de
diciembre
de
1953
(61),
complementada,
pocos
días
después,
a
través
de
una
nueva
circular
(62).
Una
vez
implantado
el
Petitorio…,
entre
los
días
15
al
24
de
febrero
de
1954,
el
Consejo
General
de
Colegios
Oficiales
de
Farmacéuticos
se
reunió
en
sesión
plenaria
para
tratar
detenidamente
la
situación
de
la
profesión
ante
el
Seguro
Obligatorio
de
Enfermedad.
Los
farmacéuticos
que
formaban
parte
de
la
comisión
mixta
central
del
convenio
informaron
al
Consejo
de
los
asuntos
tratados:
medicamentos
que
se
prescriben
en
fracción
del
envase
original;
medicamentos
en
envases
clínicos;
período
de
devolución
de
recetas
anteriores
a
la
entrada
en
vigor
del
nuevo
convenio
y
condiciones
que
debían
reunir
las
recetas
para
que
les
fueran
aplicables
los
descuentos
que
determinaba
el
nuevo
convenio.
Igualmente,
se
informó
al
pleno
de
la
intensa
labor
que
se
había
realizado
para
la
modificación
de
la
tarifa
de
fórmulas
magistrales
del
Seguro,
y
muy
especialmente,
lo
relacionado
con
los
honorarios
profesionales;
aunque
las
mejoras
conseguidas
eran
muy
discretas,
se
consideraron
aceptables
(63).
El
apoyo
de
los
farmacéuticos
a
los
trabajos
de
puesta
en
práctica
del
seguro
obligatorio
de
enfermedad
fue
públicamente
reconocido
por
Francisco
Franco
en
la
audiencia
concedida,
el
24
de
febrero
de
1954,
a
los
representantes
de
Consejo
General
del
Colegios
Oficiales
de
Farmacéuticos,
quienes
le
recordaron
sus
demandas:
“La
implantación
del
SOE
(…)
no
era
labor
fácil
y
sencilla
adoptar
los
antiguos
usos
a
esa
nueva
modalidad,
los
Colegios
de
toda
España
se
han
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