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La
implantación
de
la
prestación
farmacéutica…
consideráis
necesario
que
llegue,
será
el
día
de
la
liberación
económica
de
esas
clases
beneméritas,
a
las
que
hemos
abrumado
con
una
obligación
dura
de
llevar
durante
los
años
primeros
del
Seguro,
que
gracias
a
ella
ha
podido
ponerse
en
marcha,
por
lo
que
a
la
prestación
farmacéutica
se
refiere.
Ese
será
el
día
también
de
agradecerles
públicamente,
al
mismo
tiempo,
sus
grandes
servicios,
que
no
pueden
seguir
pesando
sobre
su
martirizada
economía…”
(36)
La
contestación
del
Consejo
General
de
Colegios
Oficiales
de
Farmacéuticos
a
las
palabras
del
ministro
Girón
se
centró
en
trasladar
la
responsabilidad
de
alcanzar
un
acuerdo
a
los
organismos
técnicos,
pues
entendía
que
el
problema
tenía
una
solución
económica,
no
podría
basarse
en
otro
tipo
de
planteamiento:
“Es
natural
que
el
problema
no
puede
ventilarse
ni
en
un
discurso
ni
en
unos
comentarios;
serán
organismos
técnicos
al
servicio
del
Señor
Ministro
los
que,
no
olvidando
el
fin
social
que
se
persigue
y
con
la
colaboración
de
los
sanitarios
españoles,
le
puedan
asesorar
para
que
sus
determinaciones
encierren
el
mayor
acierto
posible
en
la
solución
de
la
mayoría
de
los
múltiples
aspectos
de
este
problema
de
tan
extraordinario
interés
para
los
asegurados
y
para
la
propia
patria
española…”
(37)
Se
hace
difícil
no
vincular
este
discurso
de
Girón
con
la
promulgación,
apenas
unos
días
después,
del
decreto
de
21
de
julio
de
1950
por
el
que
se
crea
la
Jefatura
Nacional
del
Seguro
de
Enfermedad
en
la
Dirección
General
de
Previsión
(Ministerio
de
Trabajo)
(38);
en
pocos
meses
esta
Jefatura
se
haría
cargo
de
la
elaboración
del,
tantas
veces
invocado,
Petitorio…
oficial
del
Seguro
para
la
prestación
farmacéutica
y
seleccionaría
los
medicamentos
y
laboratorios
suministradores
(39);
el
nuevo
servicio
quedó
bajo
la
dirección
del
magistrado
Ramón
Díaz
Fanjul
(m.
2004)
(40).
En
apenas
un
año
se
confeccionó
el
primer
Petitorio…
oficial
del
seguro
de
enfermedad,
su
acta
queda
firmada
el
29
de
noviembre
de
1951
(41);
una
vez
publicado,
desde
la
Dirección
General
de
Previsión
se
aprobaron
las
bases
del
concurso
para
la
provisión
de
los
medicamentos
que
habían
de
figurar
en
él
(42).
El
Consejo
General
de
Colegios
Oficiales
de
Farmacéuticos
de
España
recordará,
años
más
tarde,
que
no
fue
posible
alcanzar
un
acuerdo
previo
respecto
a
las
condiciones
contenidas
en
el
concurso
de
suministro
de
medicamentos,
recordando,
a
su
vez,
que
tampoco
se
alcanzó
ese
acuerdo
previo
en
el
primer
convenio
celebrado
entre
el
Consejo
y
el
Instituto
Nacional
de
Previsión,
para
la
prestación
farmacéutica
(43).
La
limitación
en
la
prestación
farmacéutica
que
suponía
el
Petitorio…
fue
vista
con
recelo
por
el
gabinete
de
Girón
de
Velasco
(44);
en
marzo
de
1952,
en
el
diario
Las
Provincias
de
Valencia,
Fernando
Coca
de
la
Piñera
(n.
1910),
quien
a
la
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