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VOL. 71 (1), 175-205, 2005  ANÁLISIS RETROSPECTIVO DE LAS NORMAS ÉTICAS Y...

vimiento de los astros en estrecha relación con la presentación de las
enfermedades. Curaban y atendían consultas, sin que autoridad al-
guna se atreviera a observar tan múltiples funciones.

    El Protomedicato pretendió acabar con semejante irregularidad.
Comenzó por exigir la regencia de las «boticas» sólo por farmacéu-
ticos titulados. No habiéndolos entre los nativos, fue necesario habi-
litar a los que parecían más prácticos, con más años de experiencia,
o a los estudiantes que voluntariamente querían dirigir sus pasos
hacia la nueva profesión; o, finalmente, llamar a los farmacéuticos
extranjeros, a condición de que trabajen sólo como farmacéuticos y
no como médicos. Quiso evitar el empirismo farmacéutico y volvió
a caer en la condescendencia de permitir el ejercicio de la profesión
a los «más prácticos», a los de «más experiencia» y aun a los «estu-
diantes», es decir, siguió fomentando el empirismo.

    Entre los farmacéuticos extranjeros llegó a La Paz Domingo
Lorini, de quien puede decirse que fue el fundador de los estudios
farmacéuticos en esta ciudad. Fue profesor de Química de la Facul-
tad de Medicina y en esta condición fundó, en 1888, un curso de
Farmacia. Un solo alumno, Evaristo Valle, se inscribió y concluyó
sus estudios en 1891. Otros alumnos siguieron su ejemplo y los
cursos se regularizaron poco a poco. El programa de estudios fue el
vigente en todas las Facultades del país.

    La ley de 4 de diciembre de 1893 creó los Tribunales Médicos en
las capitales de departamento y tácitamente canceló el Protomedica-
to y sus Tenencias; las atribuciones de éstos pasaron a integrar las
de los nuevos organismos. Cada tribunal constaba de tres miembros,
nombrados por el cuerpo médico de cada capital, asociado al Con-
sejo Universitario; el gobierno expedía los nombramientos. Por pri-
mera vez intervino directamente el cuerpo médico en las designacio-
nes y prácticamente, el Ejecutivo delegó en él su atribución
constitucional de nombrar funcionarios 12.

    Las obligaciones nuevas para los Tribunales Médicos fueron
las de formar parte de los tribunales examinadores que recibían las
pruebas de los alumnos egresados; revisar diplomas de médicos,

12 «Colección oficial de leyes...», op. cit. Tomo 11.

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