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VOL. 71 (1), 175-205, 2005  ANÁLISIS RETROSPECTIVO DE LAS NORMAS ÉTICAS Y...

sional que acreditase como tal a todo médico cirujano o farmacéu-
tico residente dentro del territorio nacional.

    Director y catedráticos del Colegio de Medicina componían el
Protomedicato y de éste dependían, como Tenientes, los médicos
titulares de las capitales de departamento. Todos los profesionales
(médicos, cirujanos, farmacéuticos) exhibirán ante este tribunal —el
Protomedicato— los títulos que los habiliten para la actividad pro-
fesional. Ninguno que viniera al país podría ejercer su profesión sin
comprobar su idoneidad. Los mismos egresados de los Colegios se-
rían examinados por el Protomedicato, además de exhibir los docu-
mentos legales que «acrediten su buena conducta política y moral».
El Protomedicato quedó encargado de expedir el título en «papel del
sello segundo para los médicos y en el del tercero para los cirujanos
y farmacéuticos». Debía, además, conocer por sí o por sus tenencias
«de los crímenes o faltas profesionales de las tres clases de faculta-
tivos (médicos, cirujanos y farmacéuticos)», visitar por sí o sus te-
nientes las boticas, controlar la venta de drogas, especialmente las
tóxicas 9.

    Por ley de 31 de octubre de 1833 y reglamento de 24 de enero de
1834, el Colegio General de Ciencias Médicas de La Paz tomó per-
sonería propia en el seno de la Universidad Mayor de La Paz. Hasta
entonces se trató de un simple curso, integrante del Colegio de Cien-
cias y Artes. El Colegio se dividió en cuatro cátedras: Medicina,
Cirugía, Farmacia y Química. Para ser admitido como alumno debía
reunirse las siguientes condiciones: haber estudiado Gramática cas-
tellana y latina, Lógica, Ética y elementos de Matemáticas 10.

    El Protomedicato no había correspondido a los objetos de su
erección por defecto de la forma en que fue establecido. Se lo reor-
ganizó, por Decreto de 22 de agosto de 1843, sus atribuciones difi-
rieron muy poco de las ya fijadas, añadiéndose las de «proponer los
médicos titulares; cuidar que los médicos no vendan drogas ni ten-
gan boticas en sus casas, ni celebren pacto alguno con boticario;
formar las tarifas de las boticas y los aranceles que rijan las visitas

    9 BALCÁZAR, JUAN MANUEL, Historia de la medicina en Bolivia. Ediciones «Juventud».
La Paz-Bolivia, 1956, págs. 335, 336.

    10 «Colección oficial de leyes…», op. cit., Tomo 3, segundo vol. 1833, 1834 y hasta
la instalación del Congreso de 1835.

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