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ANALES
RANF
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criptor (nombre y dos apellidos, firma, dirección completa, número de b) Composición cualitativa y cuantitativa en principios activos por
colegiado y provincia de colegiación), datos relativos a la prescripción dosis.
(denominación del medicamento, forma farmacéutica y número de en- c) Número de lote.
vases) y la fecha de prescripción (15). d) Número de la autorización de comercialización.
e) Nombre o la razón social y el domicilio o la sede social del titular
El centro dispensador y el veterinario que prescribe deberán de la autorización de comercialización y, en su caso, del fabricante.
conservar las recetas durante al menos cinco años mientras que la copia f) Especies animales a las que esté destinado, modo y vía de admi-
destinada al propietario será retenida también por este hasta pasados nistración.
los seis meses después de realizar el tratamiento y el tiempo de espera g) Tiempo de espera, aunque sea nulo en caso de animales pro-
que figura en ella (5-8). ductores.
h) Fecha de caducidad.
3.6. Sobre fórmulas magistrales y preparados oficinales i) Precauciones de conservación, si las hay.
La formulación magistral, tanto en humanos como en ani- j) Precauciones especiales que hayan de tomarse al eliminar los
medicamentos sin usar y los productos de desecho derivados de los
males, está experimentando una mayor demanda en los últimos años. medicamentos, si los hay.
En el caso de la veterinaria, algunas de las causas son: k) Frase “para uso veterinario”
l) Símbolos en el ángulo superior derecho:
a) La presencia de lagunas terapéuticas (“medicamentos huérfa-
nos”, uso de dosis diferentes a las disponibles, elaboración de me- - Dispensación con receta veterinaria.
dicamentos con principios activos que no se comercializan - Dispensación con receta de estupefacientes.
combinados, etc.). - Dispensación de psicótropos anexo II del RD 2829/1977.
b) La adaptación del medicamento a las necesidades del animal. - Dispensación de psicótropos anexo I del RD 2829/1977.
c) La preparación de medicamentos de escasa estabilidad como es - Conservación en el frigorífico.
el caso del permanganato potásico (uso en descontaminación de - Conservación en congelación.
peceras), con una caducidad de siete días. m) Igualmente deberán figurar las siguientes siglas según caso:
- AV junto con “Administración exclusiva por el veterinario”,
Este recurso forma parte de lo que la normativa veterinaria cuando el medicamento tenga que ser administrado exclu-
define como “prescripción excepcional por vacío terapéutico” o “pres- sivamente por el veterinario.
cripción en cascada”. Por lo tanto, para que el veterinario pueda pres- - En todos los casos, deberá figurar la leyenda: “Uso veteri-
cribir una fórmula, el medicamento que se quiere preparar no debe nario”.
estar disponible en el mercado ya que la normativa legal establece - En el caso particular de las premezclas medicamentosas
que la formulación magistral debe ser el último recurso terapéutico en deberá figurar la leyenda: “Premezclas medicamentosas
el caso de los animales. para piensos”.
3.8. Sobre el papel del veterinario
La orden veterinaria para la elaboración de una fórmula Las funciones de Técnicos Veterinarios son (5-8):
magistral o de un preparado o fórmula oficinal se extenderá en el mo- a) Garantizar el cumplimiento de los programas zoosanitarios.
delo de receta normalizado, pero en ella el veterinario tendrá que in- b) Prescripción de los medicamentos.
cluir la composición tanto cuantitativa y como cualitativa, el proceso c) Supervisión de los tratamientos y del cumplimiento de los tiempos
morboso que se pretende tratar y especie animal a la que se destina y de espera.
la cantidad que debe elaborarse (16). d) Supervisión del servicio veterinario de establecimientos comer-
ciales detallistas y agrupaciones ganaderas.
Como se ha indicado, la fórmula magistral solo puede ser e) Custodiar las recetas veterinarias dispensadas, debiendo conser-
preparada por un farmacéutico o bajo su supervisión y dispensada en varlas a disposición de las autoridades durante al menos cinco años.
las OF. Además, el clínico veterinario está autorizado para adquirir
y administrar MV a animales bajo su directa dirección y control, en
3.7. Sobre envases casos de urgencia o lejanía de otros centros dispensadores, o en el caso
La legislación (3-8) indica la conveniencia, tanto para au- que así lo requiera el medicamento administrado (botiquín de urgen-
mentar la información del usuario como para mejorar la protección
de los consumidores en el caso de los animales productores de alimen-
tos, reforzar las disposiciones relativas al etiquetado y a los prospectos
de los medicamentos veterinarios.
Para ello deberán llevar un mínimo de caracteres legibles
(Figura 2):
a) Denominación del medicamento.
Papel del farmacéutico en la venta y distribución
80 de medicamentos veterinarios
Raquel Hidalgo Sanz
An Real Acad Farm Vol. 86. Nº 1 (2020) · pp. 75 - 88