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Regulatory framework for human medicinal products            origen no español y utilizados en nuestro país, que
                                                             representan según los productos entre más de la mitad y
organismos de evaluación de la conformidad acreditados       hasta dos tercios de los derivados, provienen de plasma
por ellos”.                                                  remunerado/compensado, tanto de países europeos
                                                             (Alemania y Austria principalmente) como de EEUU. La
    En la AEMPS, en el Departamento de Medicamentos          dependencia actual va además en aumento, porque la
de Uso Humano, el Laboratorio de Hemoderivados de la         necesidad de productos se incrementa mientras que no lo
División de Productos Biológicos y Biotecnología está        hace el volumen de plasma de origen español enviado a
acreditado por ENAC según la norma ISO/IEC                   la industria (40). Igualmente, la mayor parte del plasma
17025:2005 desde Enero de 2004, para las técnicas            hiperinmune con el que se producen las
necesarias para realizar la liberación de lote europeo de    inmunoglobulinas específicas, procede también de la
acuerdo con el procedimiento OCABR para productos            donación retribuida.
derivados de plasma y hemoderivados tales como el
Factor VIII, la albúmina e inmunoglobulinas. Así mismo,          En este sentido, el sistema de plasmaféresis, con
el Laboratorio de Virología de la misma División está        donación frecuente, permitiría medidas adicionales de
acreditado para las técnicas de marcadores virales en las    seguridad como la no utilización del plasma en la
mezclas de plasma. En este marco, la AEMPS emite             fabricación hasta obtener una donación posterior con
certificados europeos de liberación oficial de lote, de      marcadores virales negativos. Por estos motivos, en la
plasma y de producto final de hemoderivados para otros       realidad actual y en los próximos años, no se puede
países, tanto países europeos que lo requieren como para     prescindir de la donación remunerada/compensada. Ello
terceros países que lo solicitan como una medida             dejaría sin tratamiento a más de la mitad de pacientes que
adicional de seguridad.                                      necesitan derivados plasmáticos. Resulta por tanto más
                                                             recomendable, exclusivamente para obtener derivados
6. COMENTARIOS ADICIONALES                                   plasmáticos (no para uso transfusional, como en el caso
                                                             de trasplante de órganos), incentivar en España este tipo
    La normativa comentada ha ido incorporando nuevas        de donación, como ya existe en otros países europeos (en
medidas de seguridad que han permitido que los               particular, en Austria y Alemania), en vez de depender, y
medicamentos hemoderivados sean cada vez más seguros         de manera creciente, del plasma remunerado que procede
(36, 37, 38). Sin embargo, la regulación europea insiste     de estos países y de EEUU. Por ello en nuestra opinión,
en la donación altruista como objetivo prioritario,          cualquier política de autosuficiencia en derivados
basando la seguridad en la no remuneración. No obstante,     plasmáticos pasa por la promoción de la plasmaféresis
la EMA ha emitido un posicionamiento (12) indicando          remunerada.
que no hay evidencia, a partir de los estudios clínicos y
de farmacovigilancia, de que la remuneración de los          7. CONCLUSIÓN
donantes incremente el riesgo de transmisión viral por
estos medicamentos, y que su seguridad depende de la             La armonización y la mejora continua de la normativa
aplicación de una serie de medidas complementarias.          europea ha sido crítica para la seguridad de los pacientes
                                                             crónicos tratados con medicamentos hemoderivados y,
    Por otra parte, ni en España ni en la mayoría de los     por tanto, relevante para la Salud Pública. La revisión y
países europeos está resuelta la autosuficiencia en          análisis del marco legal y de las directrices que afectan a
medicamentos hemoderivados y es necesario importar           los hemoderivados, presentados en este trabajo,
plasma, cuyo origen es mayoritariamente de donantes          constituyen una herramienta eficaz para el entendimiento
remunerados (39). Actualmente, en España estamos muy         y utilización de esta normativa tan compleja y extensa,
lejos de alcanzar la capacidad de autosuficiencia de         por parte de los profesionales sanitarios, de la industria
plasma para la fabricación de medicamentos derivados         farmacéutica y de los reguladores.
del plasma (esencialmente albúmina, inmunoglobulinas y
factores de coagulación). Por ello, si bien es               8. REFERENCIAS.
recomendable promover y mejorar la política de
donación voluntaria y no remunerada (DVNR) en el             1. Dir. 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del
sistema transfusional, como indica la Directiva 2002/98,
resulta por completo irrealizable el incorporar el objetivo  Consejo, de 6 de noviembre de 2001.
de autosuficiencia en base a la DVNR recomendado por
la OMS para los derivados plasmáticos. En efecto,            Disponible                                     en:
teniendo en cuenta que la DVNR es mayoritariamente de
sangre total, se obtendría un exceso de componentes          (http://www.boe.es/doue/2001/311/L00067-
lábiles; es decir, que para los productos hemoderivados
habría que estimular la práctica de la plasmaféresis         00128.pdf).
únicamente, sin donación de sangre total. Las
características de la plasmaféresis requieren donaciones     2. Dir. 2003/94/CE de la Comisión de 8 de octubre de
de más larga duración y mucho más frecuentes y está               2003.
demostrado que dicha práctica se vincula a la
remuneración. Es importante subrayar que a día de hoy        Disponible                                     en:
todos los derivados plasmáticos fabricados con plasma de          (http://www.boe.es/doue/2003/262/L00022-

     @Real Academia Nacional de Farmacia. Spain              00026.pdf).

                                                             3. Dir. 2002/98/CE del Parlamento Europeo y del
                                                                  Consejo, de 27 de enero de 2003.

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