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Esperanza Torija Isasa

Se incluyen, entre otros, los productos alimenticios de       categorías: productos destinados a sustituir íntegramente la

escaso o reducido valor energético, destinados al control dieta diaria completa y productos destinados a sustituir una

de peso.                                                      o varias comidas; en ambos casos deberán aportar una

En el RD 1430/1997, de 15 de septiembre, se aprueba           cantidad mínima de vitaminas y minerales que se

la Reglamentación Técnico Sanitaria específica de los         especifican en el propio RD (Tabla 1) (7). El etiquetado

Productos destinados a ser utilizados en Dietas de Bajo       de estos productos debe contener obligatoriamente la

Valor Energético para reducción de peso (7) y RD              siguiente información: Valor energético disponible,

868/2008, de 23 de mayo (8), por el que se modifica el        expresado en kcal y kJ; contenido de proteínas, hidratos de

Real Decreto 1430/1997, texto consolidado en 2008, en         carbono y grasas, en gramos; contenido de vitaminas y

que se hace alusión al Reglamento (CE) Nº 1924/2006           minerales en mg o µg por ración. Contenido de otros
                                                              nutrientes. Además, es aconsejable la inclusión de otras
sobre propiedades / alegaciones de salud (11).
                                                              especificaciones, como: instrucciones para su correcta
En esta Reglamentación dichos productos se definen
                                                              utilización, indicando la importancia de seguir dichas
del siguiente modo: “Los productos alimenticios que se
                                                              recomendaciones, la importancia de ingerir un volumen
emplean en dietas de bajo valor energético para reducción
                                                              adecuado de líquidos, así como la advertencia de un
de peso son aquellos de formulación especial que,
            dtpoertoaadlcuoucepTtroadasrocbicaalollanimm1elean.ns-tetiiPnclaisRotdrsEuiecPtcsaeiADodniRIadeEsriAviaTdidD”eÉel.nOfTabSIerCniAcaOLndStoIesM,Y/EONdpETeosSIpiCbéPrledEIiOedCfaSeIcdAtePopLAleaEsRxoaS.AnteR. NEoGdeÍbMenEhNacEerSreferencia  al  ritmo
utilizados
sustituyen  Tabla 1. Preparados alim(RenDtici1os4p3a0ra/1r9eg9ím7e,n7e)s dietéticos y/o especiales.

    Estos

                            SUSTITUCIÓN DIETA SUSTITUCIÓN UNA O

                                                COMPLETA       VARIAS COMIDAS

            ENERGÍA (kcal)                      Ración diaria  Por comida
                                                 800 – 1200     200 – 400

            PROTEÍNA (g)          25 – 50 %                          25 – 50 %
                            de la E del producto               de la E del producto

                                   = 125 g

            GRASA (g)           = 30% de la E del                 = 30%de la E del
                                     producto                          producto

                            > 4,5 g de ácido linoleico         > 1 g de ácido linoleico

            FIBRA                               10 – 30        10 – 30

            ALIMENTARIA
            (g)

            VITAMINAS Y     = 100 % de cantidades              = 100 % de cantidades
            MINERALES        reseñadas Cuadro I                 reseñadas Cuadro II

            Tomado del Real Decreto 1430/1997 (7).

    En el artículo 1 de la Directiva 2007/29/CE de la         él, al hablar de dietas de sustitución de comidas se hace
Comisión de 30 de mayo de 2007 por la que se modifica la      referencia a la posibilidad de sustitución del total de la
Directiva 96/8/CE relativa a los alimentos destinados a ser   dieta, sustitución total de una o varias comidas o bien
utilizados en dietas de bajo valor energético para reducción  sustitución parcial de comidas o de refrigerios (snacks). Se
de peso, se dice: “El etiquetado, la publicidad y la          indica que estos productos presentan una composición
presentación de los productos en cuestión no contendrá        conocida y constante que puede facilitar el cumplimiento
ninguna referencia al ritmo o a la magnitud de la pérdida     terapéutico, al tiempo que disminuye el riesgo de
de peso a que puede llevar su consumo» (9).                   deficiencia de nutrientes esenciales. Este tipo de
                                                              tratamiento dietético se suele utilizar en el contexto de una
    En el año 2011, FESNAD-SEEDO (10) elaboró un              pauta estructurada que incluye además ejercicio y cambios
documento de consenso sobre “Recomendaciones                  en la conducta en el estilo de vida.
nutricionales basadas en la evidencia para la prevención y
el tratamiento del sobrepeso y la obesidad en adultos”. En        La composición de los productos es muy variable, así
                                                              como su presentación: batidos, barritas, galletas y otros.
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