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M.
C.
AVENDAÑO
ABC,
esta
inestabilidad
es
la
causa
de
que
en
estos
momentos
se
estén
viendo
abocados
a
emigrar
o
a
abandonar
la
investigación.
En
el
momento
actual,
la
gran
mayoría
de
la
investigación
que
se
desarrolla
en
las
universidades
públicas
españolas
la
realizan
profesores
funcionarios
y
los
hasta
ahora
becarios,
siendo
minoritario
el
personal
contratado.
La
necesidad
de
atraer
a
los
mejores
profesores
e
investigadores
a
través
de
procedimientos
flexibles,
abiertos
y
transparentes,
y
ofrecer
a
su
personal
unas
perspectivas
de
desarrollo
profesional
atractivas,
es
hoy
un
deseo
sólo
parcialmente
satisfecho.
La
Ley
Orgánica
4/2007,
de
12
de
abril,
introdujo
profundos
cambios
en
el
régimen
jurídico
aplicable
al
profesorado
universitario,
respecto
a
la
Ley
Orgánica
6/2001,
de
21
de
diciembre.
En
concreto,
en
el
proceso
de
selección
del
profesorado
universitario
funcionario
se
sustituyó
el
procedimiento
de
habilitación
por
una
acreditación
nacional
(regulada
por
el
Real
Decreto
1312/2007,
de
5
de
octubre)
como
paso
previo
a
los
concursos
de
acceso
a
la
función
pública
docente
universitaria.
Una
notable
diferencia
entre
ambos
procedimientos
es
que
la
acreditación
es
independiente
de
la
oferta
de
un
número
de
plazas
previamente
delimitadas,
de
forma
que
cada
universidad
puede
seleccionar
al
profesorado
(según
regula
el
Real
Decreto
1313/2007,
de
5
de
octubre)
entre
los
aspirantes
previamente
acreditados.
Justificándose
en
estos
cambios,
así
como
en
los
producidos
con
la
implantación
del
Espacio
Europeo
de
Educación
Superior
y
la
nueva
ordenación
de
las
enseñanzas
universitarias,
el
Ministerio
de
Educación
prevé
aprobar
mediante
Real
Decreto
un
nuevo
Estatuto
del
Personal
Docente
e
Investigador
de
las
Universidades
Españolas
a
fin
de
seguir
las
propuestas
de
la
Agenda
Europea
de
Modernización
de
las
Universidades
y
la
Estrategia
Universidad
2015.
Este
nuevo
estatuto,
que
a
finales
de
mayo
de
2011
seguía
en
fase
de
borrador,
pretende
flexibilizar
el
concepto
de
dedicación,
facilitar
la
movilidad
entre
universidades
y
centros
de
investigación
públicos
y
privados
nacionales
y
extranjeros,
y
mejorar
los
incentivos
para
el
reconocimiento
e
impulso
de
la
excelencia
de
sus
actividades.
El
problema
es
cómo
lograrlo.
La
carrera
investigadora
que
recomienda
la
Carta
Europea
del
Investigador
y
que
hace
suya
la
Ley
de
la
Ciencia,
la
Tecnología
y
la
Innovación
para
contribuir
al
desarrollo
de
la
Ciencia
y
la
Innovación
en
España,
plantea
diversos
itinerarios.
Uno
de
ellos
es
establecer
una
vinculación
con
la
universidad
adquiriendo
el
estatus
de
profesor
funcionario.
En
el
mencionado
Estatuto
se
pretende
que
el
peso
de
este
personal
no
sea
inferior
al
50%
ya
que
“las
universidades
públicas
podrán
modificar
la
relación
de
puestos
de
trabajo
de
su
personal
docente
e
investigador
funcionario
por
ampliación
de
las
plazas
ya
existentes,
por
minoración,
o
por
cambio
de
denominación
de
las
plazas
vacantes,
pero
en
ningún
caso
el
personal
contratado
podrá
ser
superior
al
49%
del
total
correspondiente
a
la
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