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                                    Casi a mediados de siglo, en 1842, Gonz%u00e1lez Crespo, director-m%u00e9dico delbalneario de Trillo, presenta una nueva anal%u00edtica cuantitativa que le permiteconcluir que las aguas son %u201cAc%u00eddulo-salino-sulfato-hidrosulfatadas%u201d (111) (Figura37). Una nueva anal%u00edtica publicada en 1846 por S%u00e1nchez de las Matas concluyeque las aguas presentan sulfuro de sodio, gas hidrosulf%u00farico, %u00e1cido carb%u00f3nicolibre, hidroclorato de sosa, carbonato de cal, sulfato de cal, hidroclorato demagnesio, carbonato de sosa, sulfato de sosa y s%u00edlice, por lo que deben serclasificadas como sulfurosas (112). De este resultado se har%u00e1 eco Pedro Mar%u00edaRubio quien confirma que las aguas pertenecen por composici%u00f3n a las sulfurosasy por temperatura a las muy calientes (113). Los an%u00e1lisis efectuados por eldirector-medico Justo Mar%u00eda Zavala en 1877 ofrecen unos resultados m%u00e1sexhaustivos, con los siguientes gases y sustancias: %u00e1cido carb%u00f3nico, %u00e1cidosulfh%u00eddrico, ox%u00edgeno, nitr%u00f3geno, cloruro s%u00f3dico, cloruro c%u00e1lcico, cloruromagn%u00e9sico, yoduro magn%u00e9sico, sulfato c%u00e1lcico, carbonato c%u00e1lcico, carbonatomagn%u00e9sico, carbonato de manganeso, carbonato ferroso, aluminio, potasa,litina, %u00e1cido fosf%u00f3rico, s%u00edlice y materia org%u00e1nica (114). A finales del XIX, la Gu%u00edade los establecimientos balnearios de Espa%u00f1a dice: %u201cEl agua mineral de Archena,seg%u00fan el an%u00e1lisis del Dr. S%u00e1enz D%u00edez es termal, sulfh%u00eddrica, clorurada, s%u00f3dica,iodurada%u201d (115).Ya en el siglo XX el an%u00e1lisis realizado por el m%u00e9dico y farmac%u00e9utico Jos%u00e9 Mourizen el Instituto Nacional de Higiene de Alfonso XIII daba como resultado ser aguashipertermales, hipot%u00f3nicas, cloruro-s%u00f3dicas, sulfatado-c%u00e1lcicas, sulfh%u00eddriconitrogenadas, variedad bromo-yodurado-lit%u00ednicas (116).Figura 37. Composici%u00f3n del agua minero-medicinal de Archena seg%u00fan Mariano Jos%u00e9 Gonz%u00e1lezCrespo, Tratado de varias aguas minero-medicinales de Espa%u00f1a. Madrid: Imp. Nacional 1842; p.16.4.10.2. Declaraci%u00f3n de utilidad p%u00fablicaLa declaraci%u00f3n de utilidad p%u00fablica es el final de un proceso institucional quecomienza con el Decreto el 29 de junio de 1816 de Fernando VII: %u201cEntre losmuchos y preciosos dones con que la Providencia favoreci%u00f3 %u00e1 la Espa%u00f1a, debeconsiderarse por uno de los principales la abundancia de aguas minerales (y) encada uno de los ba%u00f1os mas acreditados del reino se establezca un profesor desuficientes conocimientos de las virtudes de sus aguas (...) y de la parte m%u00e9dicaANALESRANF48 The mineral-spa of Archena: history andcontext. From prehistory to todayGonzalo Matilla , M%u00aa C. Franc%u00e9s Causap%u00e9 et al. An. R. Acad. Farm.Vol. 90. special issue (2024) pp. 15-74
                                
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