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María Victoria Collazo, Concepción Alonso Verduras, Gloria Frutos Cabanillas
Oficial del Estado (BOE).
CONSEJO DE EUROPA (Council of Europe) UNIÓN EUROPEA (European Union)
El Consejo de Europa fue la primera institución Consejo Europeo (European Council):
política de Europa.
Lo forman los Jefes de Estado o Gobierno de
los EM, junto con el Presidente de la Comisión
Europea, para planificar la política de la UE.
Asamblea Parlamentaria Parlamento Europeo
Constituida por 318 representantes de los 47 países. Constituido por 766 miembros del Parlamento
de los 28 países.
Comisión Europea de Derechos Humanos
Tribunal Europeo de Derechos Humanos Comisión Europea
Órgano ejecutivo de la UE.
Tribunal Internacional de Justicia
Tribunal de Justicia de la UE
Figura 1. Relaciones entre UE y CoE.
Son varias las directivas europeas que legislan los establecimientos públicos o privados”. Dichos
medicamentos de uso humano y, específicamente, los medicamentos, denominados hemoderivados, comprenden
derivados de la sangre y plasma humanos. A continuación en particular, albúmina, factores de coagulación e
se describe la normativa general y específica aplicable a inmunoglobulinas de origen humano.
estos medicamentos:
En el Título II, el artículo 3 puntualiza que no aplica a
La Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del la sangre completa, al plasma ni a las células sanguíneas
Consejo (1), por la que se establece un código comunitario de origen humano.
sobre medicamentos para uso humano, reagrupa en un
único texto la legislación comunitaria relativa a los El Título III desglosa en cuatro capítulos cómo se
medicamentos de uso humano. Esta Directiva consta de comercializan los medicamentos. El Capítulo 1 explica
130 artículos agrupados en 14 Títulos y 3 Anexos. La cómo solicitar una autorización de comercialización de un
Tabla 1 presenta un esquema del contenido de dicha medicamento, siempre y cuando el solicitante esté
directiva, de la cual se describen seguidamente los establecido en la CE y no se trate de una autorización por
contenidos más relevantes y, en especial, los que afectan a el procedimiento centralizado, de acuerdo con el
hemoderivados. Esta Directiva ha ido modificándose Reglamento (CEE) nº 2309/93. La solicitud debe ir
parcialmente con nuevas disposiciones desarrolladas en acompañada de toda la información que se detalla en los
nuevas Directivas, siguiendo una evolución esquematizada artículos 8 a 12: Datos administrativos y composición del
en el diagrama de flujo de la Figura 2. medicamento (artículo 8), condiciones en las que el
fabricante no tendrá obligación de presentar resultados de
En el Título I, el artículo 1 define los distintos las pruebas toxicológicas o farmacológicas del
conceptos que se utilizan en la Directiva. Se denomina medicamento (artículo 10), la información que debe incluir
medicamento a “toda sustancia o combinación de el resumen de las características del producto, denominado
sustancias que se presente como poseedora de propiedades ficha técnica del medicamento (artículo 11) y sus
curativas o preventivas con respecto a las enfermedades características farmacológicas y clínicas (artículo 12).
humanas”. También define los distintos tipos de
medicamentos: inmunológico, homeopático, radiofármaco, El Capítulo 3 especifica los plazos de que dispone el
y medicamentos derivados de sangre o plasma humanos; EM para estudiar la documentación del solicitante. En los
éstos últimos definidos como “medicamentos a base de art. 23 a 26 se especifica la validez de 5 años, renovables,
constituyentes sanguíneos preparados industrialmente por para una autorización aprobada, así como cuándo una
solicitud podrá ser denegada.
104 @Real Academia Nacional de Farmacia. Spain