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VOL. 71 (4), 799-812, 2005 ELABORACIÓN POR TERCEROS EN LA FORMULACIÓN
nidad Autónoma; el Tribunal Supremo, en sentencia de 25 de septiem-
bre de 2002 (6), lo rechaza y aclara que la Generalitat Valenciana, de
acuerdo con lo que establecen sus Estatutos, tiene competencias so-
bre ordenación farmacéutica, la determinación de las condiciones del
local y utillaje utilizado en la elaboración de medicamentos, al ser
parte de su fabricación, su reglamentación corresponde al Estado,
puesto que éste tiene competencia exclusiva en la legislación sobre
productos farmacéuticos, garantizándose así «con cierta uniformidad,
el procedimiento de información y dispensación al consumidor en
cuanto a las fórmulas y productos de esta clase, elaborados en una
multiplicidad de establecimientos farmacéuticos».
De acuerdo con lo expuesto debe concluirse que están autoriza-
das a elaborar fórmulas magistrales las oficinas de farmacia y ser-
vicios farmacéuticos que tengan los medios necesarios; en el caso
que no dispongan de los medios necesarios, la misma Ley del Medi-
camento, en el artículo 35.2 párrafo segundo (7), contempla la po-
sibilidad de encomendar a una entidad legalmente autorizada para
tal fin la realización de alguna fase de la formulación magistral. El
texto especifica lo siguiente:
«No obstante, las oficinas de farmacia y servicios far-
macéuticos que no dispongan de los medios necesarios,
excepcionalmente y sin perjuicio de lo establecido en el ar-
tículo 76.2, podrán encomendar a una entidad legalmente
autorizada para tal fin por la Administración sanitaria com-
petente, la realización de una o varias fases de la elaboración
y/o control de fórmulas magistrales».
Curiosamente el artículo 76.2 de la Ley del Medicamento lo ex-
pone de forma análoga, pero con unas diferenciaciones: «excepcio-
nalmente, y cuando así lo requiera la atención a los pacientes, los
Servicios de Farmacia y Oficinas de Farmacia podrán encomendar,
a una entidad legalmente autorizada por el Ministerio de Sanidad y
Consumo, la realización de alguna fase...»
Analicemos algunos de estos puntos de controversia.
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