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posterioridad, presentarse al correspondiente examen ante                           Rosa Basante Pol, María Jesús Lozano Estevan
los examinadores designados por dicho organismo, tras
cuya superación podrían ejercer la profesión, las             serían nada fáciles y tendría que formarle asumiendo que
condiciones exigidas, en teoría, al Maestro y al aprendiz     al presentarse al examen estaba lo suficientemente
establecidas en las distintas disposiciones regulatorias;     preparado para superar las pruebas; el dicho popular del
años de permanencia, conocimientos, edad, limpieza de         “buen maestro hace al buen discípulo” aquí se hace
sangre, saber latín…, en la práctica no siempre se            realidad, pues en caso contrario debería seguir enseñando
cumplían.                                                     al discente tanto tiempo como fuere necesario para que le
                                                              declarasen “Abil y suficiente” pero, eso sí, pagándole de
    El estudio de escrituras notariales, inéditas hasta este  su peculio el salario que se le daba a un oficial o mancebo
momento, permite concluir que al iniciar el aprendizaje       examinado, ¡ahí es nada!.
discípulo y maestro boticario adquirían una gran
responsabilidad que habían de asumir y ejercer.                   Bien es cierto que en muchos casos el boticario por su
                                                              trabajo y dedicación recibía una remuneración económica
    El aprendiz estaba obligado a permanecer durante los      e incluso exigía una fianza antes de admitir al alumno.
años convenidos en la casa botica ayudando al boticario, y
aprendiendo de su maestría todo lo referente a la                 De lo antedicho se desprende que el boticario al asumir
elaboración de medicamentos simples y compuestos, sin         el compromiso conocería la persona con la que tendría que
que se pudiera ausentar de la misma hasta finalizado el       convivir y formar, porque además aunque el número de
contrato, y si lo hiciere el padre o tutor habría de          años de formación eran cuatro, en las escrituras estudiadas
devolverle de nuevo y resarcir, económicamente, al            es variable; seis lo son en la del S. XVI, y en las del XVII,
boticario los daños causados.                                 excepto en una ya en los albores del S. XVIII que son
                                                              cuatro, generalmente son menos: tres, dos y medio e,
    La responsabilidad del Maestro se me antoja total.        incluso, uno.
Debería enseñar y formar, humana y profesionalmente, al
aprendiz, pues le admitía en su casa, le había de dar de          En síntesis, si a lo largo de la época estudiada no había
comer, beber, cama y ropa limpia, y hasta vestir y calzar,    universidades u otros centros docentes en los que
en algunos casos curar las enfermedades, eso sí, un           formarse, sí había boticarios, tal vez practicones
determinado tiempo y las no contagiosas, y preocuparse de     aventajados, autodidactas conocedores por la experiencia y
que no se fuera de ella y, si lo hiciere, mandarle a buscar   el estudio de las obras de Práctica Farmacéutica
para que volviese y continuar las enseñanzas que, en          indispensables de todo lo necesario para la elaboración de
semejantes circunstancias, es nuestra particular opinión, no  los medicamentos, dispuestos a trasmitir en sus propias
                                                              boticas sus conocimientos del Arte Farmacéutico a los
                                                              jóvenes que deseaban llegar a ser boticarios.

1 Francisco Javier PUERTO SARMIENTO. El Mito De Panacea. Compendio de la Historia de la Terapéutica y de la

Farmacia. Madrid: DOCE CALLES,1997 (cf.pág.129-134-199).
2 El documento se encuentra expuesto en el Museo de la Real Academia Nacional de Farmacia, y una copia en el archivo de

dicha institución (Leg. 1.2).
3 Antonio GÓNZALEZ BUENO, Rosa BASANTE POL .José Hortega (1703-1761) La peripecia vital e intelectual de un

boticario ilustrado. Madrid: Instituto de Estudios Madrileños, 2015 (cf. pág. 37-48).
4 Pascual IBORRA. Historia del Protomedicato en España (1477-1822) (edición, introducción e índices de juan Riera y

Juan Granda-Juesas).Valladolid: Universidad de Valladolid, 1987.
5 Pascual IBORRA. Opus. cit. págs. 29-32.
6 Guillermo FOLCH JOU. Historia de la Farmacia. Madrid: Gráficas Alonso, 1972 (cf. págs160-163).
7 Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (AHPM). T: 201, fols. 567r-568v.
8 AHPM. T: 2748, fols. 550r-551v.
9 Archivo de la Real Academia Nacional de Farmacia. Libro1, folio 5r.
10 AHPM. T: 4915, fols. 513r-514v.
11 AHPM. T: 2593, F 6 (primera foliación), fols. 100r-102v.
12 AHPM. T: 2593, F 2 (primera foliación), fols. 126r-126v.
13 AHPM. T: 2593, F 4 (primera foliación), fols. 146r-147v.
14 Archivo de la Real Academia Nacional de Farmacia. Libro I.
15 AHPM. T: 7037, F 26 (primera foliación), fols. 433r-446v.
16 AHPM. T: 7037, F 22 (primera foliación), fols. 554r-564v.
17 AHPM. T: 7037, F 10 (primera foliación), fols. 574-578.
18 AHPM. T. 7037, fol. 560r.
19 AHPM. T: 7037, fol. 559v.
20 Cf: Rosa Basante Pol. Historia de la Farmacia a través del Protocolo Notarial en los primeros años del siglo XVIII(Tesis

doctoral. UCM) Madrid (mecanografiado), 1976.
21 AHPM. T: 7037, fol. 558v.
22 AHPM. T: 14145, fols. 60r-61v.

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