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Notarial documents of apothecary apprentice in Madrid during the period from the 16th-17th centuries
Manuel De Arias le ha de pagar el mismo salario que aspirante años de aprendizaje: tres en el caso de cirujano
podía ganar como tal oficial…23 barbero sangrador, y seis en la de ebanista, fidelidad al
maestro, y asunción por ser menores de edad los
Tal vez las condiciones para aprendiz y Maestro, aprendices, de pagar, si se escaparan de casa del maestro,
recogidas en esta escritura, son las que más se asemejan a una determinada cantidad; 300 reales de vellón en el caso
las requeridas por el Protomedicato: cuatro años de del cirujano no romancista y 200 en el caso del aprendiz de
práctica, 18 años para entrar al servicio del boticario, y ebanista.
expresamente es en la única que se cita al Consejo del
Protomedicato como competente para la aprobación del El maestro a su vez se obligaba en el tiempo acordado
aprendiz. de mantener al discente en su casa, darle cama, comida y
ropa limpia, curarle por un periodo de tiempo las
De hecho hemos de convenir que en su conjunto las enfermedades no contagiosas, y, sobre todo, enseñarle el
condiciones establecidas en las escrituras de aprendiz de oficio haciéndole “abil” para trabajar de oficial, y asumir
boticario, vaciadas, no son diferentes, en líneas generales, su responsabilidad de que en caso de no hacerlo ha de
a las establecidas para otros oficios, sirvan de ejemplo las mantenerle en su casa y pagarle la misma cantidad que
escrituras de aprendiz de cirujano24 (Figura 8) y la de percibiría trabajando de oficial hasta que esté formado.
aprendiz de maestro ebanista25. En ambas se exigen al
Figura 8. AHPM. T: 13472, fols. 162r-163r.
3. CONCLUSIÓN bien es cierto que el modo de aprender el oficio y arte de
boticario exigía, no había otro, la permanencia durante un
Tras lo expuesto entendemos que contamos con una número de años como aprendiz en la botica de un boticario
idea global de la realidad del aprendizaje de los boticarios aprobado por el Real Tribunal del Protomedicato para, con
en Madrid y en la Corte durante los siglos XVI-XVII. Si
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