Carta al Editor

Carta al Editor - La Regulación de los medicamentos veterinarios en España

An Real Acad Farm Año 2020. Volumen 86 Número 3. pp. 215

Secciones: Legislación farmacéutica Salud Pública Veterinaria

Sent: August 21, 2020

Accepted: September 04, 2020

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Alfonso Noguera Peña. Carta al Editor: “La Regulación de los medicamentos veterinarios en España”. ANALES RANF [Internet]. Real Academia Nacional de Farmacia; An Real Acad Farm · Año 2020 · volumen 86 · numero 03:215.


Alfonso Noguera Peña. Letter to the editor: “Role of the pharmacist in the sale and distribution of veterinary drugs. ANALES RANF [Internet]. Real Academia Nacional de Farmacia; An Real Acad Farm · Año 2020 · volumen 86 · numero 03:215.

Sr. Editor:

Tras leer el trabajo publicado por Hidalgo Sanz sobre los medicamentos veterinarios en la revista Anales RANF(1), se considera oportuno la realización de ciertas observaciones.

En primer lugar, parece poco acertado el empleo del término «venta» para referirse a un acto profesional efectuado por los profesionales de la farmacia que ejercen en las oficinas de farmacia legalmente establecidas. Debido a la propia formación y cualificación de los farmacéuticos, su actuación profesional no puede considerarse como un simple acto de venta, sino que, velan por el seguimiento de una serie de garantías que conducen al uso racional de los medicamentos -sean de uso humano o veterinarios- Por tanto, proponemos la sustitución del término «venta» por «dispensación», a tenor de la definición establecida por el Foro de Atención farmacéutica(2). Asimismo, este es el término ha sido empleado tradicionalmente por el legislador nacional en relación con los medicamentos veterinarios(3,4).

Coincidimos en que el marco normativo para los medicamentos veterinarios es heterogéneo, existiendo una gran variedad de disposiciones normativas al respecto. No obstante, llama la atención la ausencia del análisis de las últimas normas promulgadas. Así las cosas, se hace alusión a la Ley del Medicamento de 1990 para hacer referencia a las características que debe -o mejor dicho, que debían- cumplir las recetas veterinarias. La citada norma fue derogada en el año 2006(5), y por tanto, resulta de aplicación un Real Decreto Legislativo promulgado en 2015(4). Ninguna de estas normas ha sido ni mencionada, ni analizada. A nuestro juicio, un aspecto relevante en la evolución de la normativa nacional radica en que los medicamentos veterinarios quedaban regulados en el artículo 43 (sección quinta del Título Segundo, Capítulo IV) de la Ley 25/1990 y, por tanto, tenían la consideración de medicamentos especiales. No obstante, tras la derogación de esta norma, pierden esta condición, adquiriendo una categoría independiente a los medicamentos de uso humano(4,5).

Asimismo, hay que destacar que el Código comunitario sobre medicamentos veterinarios, aprobado a través de la Directiva 2001/82, ha sido recientemente derogado, a través del Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios. A pesar de la imprescindible relevancia de esta disposición supranacional, tampoco se aprecia siquiera un breve análisis o mención de la misma.

Finalmente, el texto adolece de diversos defectos formales. Dado que el objeto de la presente carta no es hacer una relación exhaustiva de los mismos, baste indicar la incorrecta designación de los Departamentos ministeriales del actual Gobierno de España.

Por los motivos indicados, consideramos oportuno la realización de un análisis actualizado y de mayor precisión en torno al marco normativo de los medicamentos veterinarios.

Referencias

1. Hidalgo Sanz R. Papel del farmacéutico en la venta y distribución de medicamentos veterinarios. An Real Acad Farm. 2020; 86(1): 75-88.
2. Foro de Atención Farmacéutica. Dispensación. Farmacéuticos 2007; 365: 47.
3. Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios. BOE nº 53, de 3 de marzo de 1995, págs. 7353-7409.
4. Real Decreto-Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. BOE n.º 177, de 25 de julio de 2015, págs. 62935-63030; rect. BOE n.º 306, de 23 de diciembre de 2015, pág. 121482.
5. Ley 29/2006, de 24 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. BOE n.º 178, de 27 de julio de 2006, págs. 28122 a 28165; rect. BOE n.º 100 de 25 de abril de 2008, pág. 21427.